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Uso de un terrenos eriazo estatal para invertir

Una persona natural o representante de una empresa, puede pedir una autorización a la autoridad competente para realizar un proyecto de inversión, aprobar o permitir la implementación y desarrollo de una actividad económica emitida por el estado, que puede ser un gobierno regional o un ministerio. Se responderá la solicitud y la enviarán a la Superintendencia Nacional de Gestión de Activos (SBN) para su procesamiento, según se define en el Título IV de la Ley No. 30327.


El proyecto puede ser una inversión pública, privada o mixta y el plazo máximo de la la servidumbre es de 30 años, a menos que el sector respectivo justifique un plazo aún mayor. Asimismo, su concesión es a titulo oneroso, lo que significa que requiere el pago de un precio acorde al valor comercial de la propiedad.


Requisitos


  • Pedido de servidumbre sobre terrenos eriazos, con remitente al subdirector de Administración de la Propiedad Estatal de la SBN.

  • Declaración jurada como persona natural de no tener ningún impedimento para contratar con el Estado. Es posible completar la declaración jurada como persona jurídica de ser necesario.

  • Certificado de búsqueda catastral emitido por la Sunarp, no mayor de 60 días de tramitación.

  • Descripción detallada del proyecto de inversión (público, privado o de capitales mixtos)

  • Plano perimétrico que detalle con precisión los linderos, medidas perimétricas y el área solicitada, el cual debe estar georeferenciado a la Red Geodésica Oficial en sistema de coordenadas UTM, y contar con memoria descriptiva.

También es posible solicitar y realizar en línea el trámite con la documentación solicitada.


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