Una persona natural o representante de una empresa, puede pedir una autorización a la autoridad competente para realizar un proyecto de inversión, aprobar o permitir la implementación y desarrollo de una actividad económica emitida por el estado, que puede ser un gobierno regional o un ministerio. Se responderá la solicitud y la enviarán a la Superintendencia Nacional de Gestión de Activos (SBN) para su procesamiento, según se define en el Título IV de la Ley No. 30327.
El proyecto puede ser una inversión pública, privada o mixta y el plazo máximo de la la servidumbre es de 30 años, a menos que el sector respectivo justifique un plazo aún mayor. Asimismo, su concesión es a titulo oneroso, lo que significa que requiere el pago de un precio acorde al valor comercial de la propiedad.
Requisitos
Pedido de servidumbre sobre terrenos eriazos, con remitente al subdirector de Administración de la Propiedad Estatal de la SBN.
Declaración jurada como persona natural de no tener ningún impedimento para contratar con el Estado. Es posible completar la declaración jurada como persona jurídica de ser necesario.
Certificado de búsqueda catastral emitido por la Sunarp, no mayor de 60 días de tramitación.
Descripción detallada del proyecto de inversión (público, privado o de capitales mixtos)
Plano perimétrico que detalle con precisión los linderos, medidas perimétricas y el área solicitada, el cual debe estar georeferenciado a la Red Geodésica Oficial en sistema de coordenadas UTM, y contar con memoria descriptiva.
También es posible solicitar y realizar en línea el trámite con la documentación solicitada.
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